Tribunales El "violador del ascensor" seguirá en la cárcel hasta noviembre del año 2022
La Audiencia de Burgos le aplica la doctrina Parot y evita la inminente puesta en libertad de Pedro Luis Gallego · Su abogado anuncia que recurrirá este auto ante el Tribunal Supremo Pedro Luis Gallego Fernández, conocido como el "violador del ascensor", tiene ahora 49 años. DBDescargas Auto de la Audiencia de Burgos sobre el "violador del ascensor". (PDF) A. G. MOZO El "violador del ascensor" seguirá en prisión hasta el 9 de noviembre de 2022. La Audiencia de Burgos ha decidido aplicar a Pedro Luis Gallego la llamada doctrina Parot, con lo que ya no podrá abandonar la cárcel gallega de Teixeiro el 18 de diciembre de este mismo año. De este modo, el tribunal se acoge a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que, desde febrero de 2006 con el caso del etarra Henri Parot, modifica la forma en que se computa el conjunto de beneficios penitenciarios para asegurar que este tipo de presos, enjuiciados con el Código Penal de 1973 y con varias condenas acumuladas por delitos muy graves, cumplan de forma efectiva los 30 años que se marcan como tope máximo en la legislación española. En el caso del asesino de Leticia Lebrato (la raptó, violó y mató de seis cuchilladas el 19 de julio de 1992 en un pinar cercano a Viana de Cega), fue condenado por dos muertes (seis meses antes había matado a la joven burgalesa Marta Obregón) y 18 agresiones sexuales a un total de 273 años de prisión. Pero en realidad todo se iba a quedar en poco más de 16 años de cárcel tras aplicársele en Teixeiro los beneficios penitenciarios sobre los 30 años que, como máximo, puede permanecer entre rejas. En cambio, los tres magistrados de la Audiencia de Burgos acordaron ayer rechazar su puesta en libertad, asumiendo así la doctrina Parot del Tribunal Supremo: «Pedro Luis Gallego deberá cumplir las penas que se le impusieron en los distintos procesos de forma sucesiva, computándosele los beneficios penitenciarios respecto de cada una de ellas individualmente, con un máximo de ejecución de 30 años». Sin esta doctrina, todas las redenciones que obtenía se aplicaban sobre el máximo de los 30 años, no a cada una de las penas. Con esta decisión, el tribunal burgalés -fue el último que juzgó y condenó al "violador del ascensor" y, por ello, es el que ha tenido que decidir sobre esto- atiende la tesis del fiscal y rechaza la del letrado defensor de Pedro Luis Gallego. Entre otras cosas, el abogado del "violador del ascensor" alegó que esto era una modificación de una sentencia, pero, tal como explicó a este diario el propio presidente de la Audiencia Provincial de Burgos, Miguel Carreras, «lo único que se cambia es la forma en que se va a llevar a cabo la ejecución». En cualquier caso, el letrado defensor ya ha anunciado su intención de presentar recurso contra este auto ante el Tribunal Supremo. «Sólo barría su celda». Por su parte, la presidenta de la asociación Clara Campoamor, Blanca Estrella Ruiz, mostró su «satisfacción» por la decisión del tribunal burgalés, aunque puso en duda la actitud de los responsables de la prisión coruñesa de Teixeiro, sobre la que pedirá al Ministerio del Interior una investigación. «No es normal que hace unos años se le desplazara de Herrera a la cárcel del Puerto de Santa María por su mal comportamiento, que luego sus trabajos se limitaran a barrer su propia celda y que, de pronto, en unos meses, en Teixeiro haya obtenido tantas redenciones». Texto tomado del periódico: "El Día de Valladolid".
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